RÉGIMEN DE SINCERAMIENTO FISCAL
F. 2009 DJ Voluntaria Tenencia
Registración
Bienes en el País (excepto tenencia de
dinero)
Importante: De acuerdo a la RG. 3919 se podrán ingresar archivos adjuntos, correspondientes a la documentación respaldatoria.
Se deben ingresar los datos
correspondientes al título público o privado.
·
Período Adquisición (AAAAMM): se deberá consignar
el mes y año de adquisición o incorporación al patrimonio (EJ. de tratarse de
un título adquirido en Noviembre de 2005 se deberá ingresar: 200511)..
· Porcentaje Titularidad: completar este campo de corresponder.
· Tipo de Título: se seleccionará el tipo de título:
ü
Privado
ü
Público
·
Denominación: en caso que el título sea privado, ingresar el nombre y CUIT de la
Sociedad de la que se poseen los Títulos privados o la denominación del Título
en su defecto.
·
Clase:
·
CUIT: se
deberá ingresar la clave de la sociedad emisora de las
acciones o Fondos Comunes de Inversión.
·
Descripción: este campo lo completa el sistema.
·
Valor de Cotización: al 31/12/15.
·
Código Título:
·
Cantidad de Títulos: se deberá ingresar la cantidad de Títulos incorporados al patrimonio.
·
Importe: el sistema calculará en forma
automática el valor correspondiente a este campo.
Se
deberá tildar uno de los campos que se detallan a continuación:
·
Está a mi nombre: al seleccionar este campo el usuario continua con la carga del ítem
“Documentación Respaldatoria”.
·
No está a mi nombre: al seleccionar este campo el usuario continua con la carga del ítem
“Datos del/de Los Tercero/s”.
Bienes en posesión,
anotados, registrados o depositados a nombre de terceros.
Si el bien se encuentra a nombre de terceros, se deberá
indicar la CUIT, CUIL, CDI de quien/es tenga/n el bien declarado, registrado a
su nombre.
Con anterioridad a la fecha de vencimiento para la
presentación de la DJ del impuesto a las ganancias del periodo fiscal 2017 los
bienes declarados deberán figurar a nombre del declarante.
·
CUIT / CUIL / CDI del Tercero: se deberá ingresar
la clave correspondiente.
· Nombre del Tercero: este campo lo completa el sistema.
·
Porcentaje de Titularidad: se deberá
ingresar el porcentaje correspondiente.
Para ingresar la información antes detallada
se deberá presionar el botón “AGREGAR”.
Tenencia de bienes
pertenecientes a sociedades o cualquier otro ente del exterior (Ley 27260. Art
39)
·
Residencia Tributaria: se deberá seleccionar a través de la lista
desplegable el país que corresponda.
·
Denominación: este campo es de ingreso obligatorio.
·
NIF: este campo es de ingreso obligatorio.
·
Porcentaje Participación: se deberá
ingresar el porcentaje correspondiente.
Para ingresar la información antes detallada
se deberá presionar el botón “AGREGAR”.
Documentación que acredite la valuación del bien declarado. (Valuación
del corredor público inmobiliario o entidad bancaria).
A través del botón el usuario podrá adjuntar la información
respectiva.